NOTA: Mirada Stargardt (baja visión) es un blog en el que se comparten noticias e información de dominio público, o que se publica en los medios de comunicación, o de autoría de terceros. Nosotros no somos médicos ni originamos la información científica, o los datos de congresos, convocatorias, cursos, etc. Podemos investigar más a fondo y resolver algunas dudas, pero en general sólo conocemos lo que publicamos sobre la baja visión. No nos hacemos responsables del contenido de los artículos ni del uso que se les dé.

lunes, 9 de mayo de 2011

Ciudad de Buenos Aires. Prioridad laboral a personas con discapacidad

Todo funcionario de los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la ciudad que desee contratar a un empleado, bajo cualquier modalidad y para cualquier puesto, deberá consultar el registro oficial que agrupa a personas discapacitadas que buscan trabajo para ver si alguna de ellas tiene idoneidad para ocupar el cargo y darle prioridad por sobre otros postulantes a la hora de la designación.

Así lo dispuso un fallo de la Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña, en un intento por diseñar un procedimiento que asegure que la administración pública local respete el cupo del 5 por ciento de empleo para personas con capacidades diferentes consagrado en la Constitución porteña y que, por ley, debería haberse cumplimentado a fines de 2009, plazo que luego se prorrogó hasta fines de 2010.

No obstante, hoy, el porcentaje sobre la planta de 140.000 agentes se sitúa en alrededor del 3%, o sea, unas 4200 personas, cuando tendrían que sumar cerca de 7000.
Si la sentencia queda firme, la exigencia regirá incluso para cargos que los funcionarios reservan habitualmente para gente de su confianza o militantes políticos, como voceros, equipos técnicos y secretarias privadas.
Se trata del segundo fallo de la Sala II, integrada por los jueces Nélida Mabel Daniele y Eduardo Angel Russo, que apuntala la plena vigencia de las vacantes para personas con discapacidad. En la primera, de marzo de 2009, los magistrados obligaron al gobierno porteño al inmediato cumplimiento del cupo laboral, aunque de una manera genérica.

La sentencia fue recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad, que ratificó la resolución de la cámara, aunque ordenó a los jueces que reformularan la condena con el propósito de establecer un mecanismo idóneo para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto.

Nota completa en: www.lanacion.com.ar

Fuente: La Nación

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Por favor, deja tu correo electrónico para poder contactarte. Tratamos de responder lo más rápido posible, aunque en ocasiones nos tardamos un poco debido a que como somos pacientes y no médicos, primero debemos investigar para poder contestar a sus preguntas. Si pasa mucho tiempo y no reciben respuesta puede deberse a que la dirección de correo que nos proporcionan está mal escrita y por eso no somos capaces de responder.